Programa de Ayudas para la Transformación y Desarrollo Industrial (TDI-PAIP) 2023

El Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP) tiene como objetivo impulsar la competitividad del sector industrial y fomentar el crecimiento empresarial y la competitividad en las empresas, con especial atención a las PYME, de acuerdo al Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial para el periodo 2020-23.

Para la convocatoria del año 2023, el período para realizar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) comienza el 1 de septiembre de 2022 y se extiende hasta el 31 de agosto de 2023, ambas fechas inclusive.

Convocatoria de ayudas TDI 2023
Elemento vacío
Beneficiarios

PYMES y Grandes Empresas que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, puntos 3, 4 y 5 de la Orden EIE/1220/2016. Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas o tener su domicilio social en Aragón, estar válidamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial en el sentido que determina el Texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013 del Gobierno de Aragón,  a otras actividades conexas o  complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma o a otras actividades económicas cuando éstas tengan un potencial diferenciado de valor añadido, económico o social.

¿Qué es PYME? Para la determinación de la consideración de PYME se atenderá a lo dispuesto en  el Anexo I del Reglamento (CE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de Junio de 2014. En consecuencia, se entenderá por empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular. Los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas son:  

Categoría de empresa

Efectivos

Volumen de negocio

Balance general

Mediana

<250 ≤ 50 millones EUR ≤ 43 millones EUR
Pequeña <50 ≤ 10 millones EUR ≤ 10 millones EUR
Micro <10 ≤ 2 millones EUR ≤ 2 millones EUR

Test para saber si se es PYME 

Más información en ipyme.org

Actuaciones subvencionables

Se considerarán actuaciones subvencionables a desarrollar por los beneficiarios

Ayudas regionales a la Inversión

  • Coste de la adquisición de activos nuevos materiales o inmateriales, excluidos terrenos y parcelas

  Ayudas a la Investigación industrial y Desarrollo experimental

  • Coste de personal técnico
  • Costes de investigación y consultoría externa contratada

Ayudas a la innovación en materia de procesos y organización

  • Coste de personal técnico
  • Costes de consultoría, conocimientos e ingeniería externa en organización y/o procesos

  Ayudas a la Innovación-derechos de propiedad industrial

  • Costes de obtención, validación, defensa de patentes y otros activos inmateriales

  Ayudas para Servicios de Consultoría Técnica

  • Costes de consultoría externa para potenciar o abordar nuevos procesos estratégicos.
  • Costes de consultoría externa contratada para el diagnóstico, gestión o trabajos específicos en materia de diseño industrial, tanto de productos como de servicios.

  

Intensidad de las ayudas

La presente convocatoria se financia por un importe de 9.000.000 € imputables al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón del año 2023, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER.

La intensidad bruta de las ayudas, expresada en porcentaje de los gastos subvencionables, y las cuantías máximas que se podrán conceder serán las siguientes:

 

Categoría de ayudas regionales a la inversión

Intensidad de la ayuda (%) MINIMIS

Régimen de ayudas “de minimis” según el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013

Ámbito geográfico

Microempresa

Empresa Pequeña

Empresa Mediana

Gran Empresa

Huesca

60%

50%

40%

30%

T.M. Zaragoza

50%

40%

30%

20%

Resto Provincia Zaragoza

60%

50%

40%

30%

Teruel

70%

60%

50%

40%

 

Categoría de ayudas regionales a la inversión

Intensidad de la ayuda (%) RGEC

Régimen de ayudas según el Reglamento general de Exención de categorías, Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014

Ámbito geográfico

Microempresa

Empresa Pequeña

Empresa Mediana

Gran Empresa

Huesca

35%

35%

25%

15%

T.M. Zaragoza

No Aplica

No Aplica

No Aplica

No Aplica

Resto Provincia Zaragoza

35%

35%

25%

15%

Teruel

40%

40%

30%

20%

 

Categoría de ayudas a la inversión en favor de las PYME

Intensidad de la ayuda (%) RGEC

Régimen de ayudas según el Reglamento general de Exención de categorías, Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014

Ámbito geográfico

Microempresa

Empresa Pequeña

Empresa Mediana

Gran Empresa

T.M. Zaragoza

20%

20%

10%

No Aplica

 

Resto de categorías de ayudas

Intensidad de la ayuda (%) MINIMIS

Régimen de ayudas “de minimis” según el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013

 

Microempresa

Empresa Pequeña

Empresa Mediana

Gran Empresa

Investigación y desarrollo industrial

70%

60%

50%

35%

Innovación Organizativa / Procesos

70%

60%

50%

35%

Innovación-Propiedad Industrial

80%

70%

60%

40%

Consultoría Técnica

80%

70%

60%

40%

 

Resto de categorías de ayudas

Intensidad de la ayuda (%) RGEC

Régimen de ayudas según el Reglamento general de Exención de categorías, Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014

 

Microempresa

Empresa Pequeña

Empresa Mediana

Gran Empresa

Investigación y desarrollo industrial

45%

45%

35%

25%

Innovación Organizativa / Procesos

45%

45%

35%

No Aplica

Innovación-Propiedad Industrial

50%

50%

50%

No Aplica

Consultoría Técnica

50%

50%

50%

No Aplica

 

Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 2.000 euros.

Criterios

a) Proyectos de:
– Diagnóstico, implantación o convergencia hacia la transformación digital y tecnologías de la Industria 4.0.
– Aplicación de las tecnologías facilitadoras esenciales en la industria: nanotecnología, biotecnologías, nuevos materiales y nuevas tecnologías de producción y tecnologías electrónicas y de la información y comunicación.
– Desarrollo y optimización de la cadena logística.
– Desarrollo sostenible, reducción de emisiones y transición ecológica en la industria y economía circular.
– Diseño industrial de productos y servicios.
– Desarrollo de proveedores de servicios a la industria: I+D+i, digitalización, sostenibilidad, logística, diseño industrial…

50 puntos

b)    Proyectos con efecto inducido en el tejido empresarial aragonés, que completen o refuercen las cadenas de valor (materias primas, productos intermedios y de consumo final), o que incrementen la autonomía estratégica industrial de Aragón

50 puntos

c)    Proyectos orientados a la innovación, a la diferenciación competitiva, al crecimiento o a la ampliación de mercados:

50 puntos

d)  Proyectos empresariales que hayan obtenido la declaración de interés autonómico

30 puntos

e) Proyectos de empresas con iniciativas acogidas al programa PAED / ARIES durante el año 2022 y con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria:

30 puntos

f) Proyectos de transferencia tecnológica entre agentes del Sistema Aragonés de I+D+i, según se reconocen en la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón y empresas

30 puntos

g) Proyectos vinculados a municipios afectados por cierres industriales recientes con impacto significativo sobre el empleo local

30 puntos

h) Proyectos vinculados a zonas con procesos de desindustrialización de fuerte impacto económico y social

30 puntos

i) Proyectos en los que el solicitante disponga de un plan o estrategia, debidamente documentados, de sostenibilidad o de transformación digital, resultante, en este segundo caso, de la participación en el programa ACTIVA 4.0 o realizado por otros medios con objetivos y contenidos similares

20 puntos

j) Proyectos cuya implantación y desarrollo vaya a realizarse en el marco de las instalaciones de los CEEIs de Aragón, del Parque Tecnológico Walqa o del Parque Tecnológico del Motor de Aragón

20 puntos

k) Integración o colaboración activa durante el período subvencionable con el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI), con la Fundación del Hidrógeno de Aragón, con el Instituto Aragonés de Fomento o con el Instituto Tecnológico de Aragón

20 puntos

l) Microempresas y pequeñas empresas (según definición del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión)

15 puntos

m) Empresas jóvenes (empresa individual o pequeña empresa con menos de 3 años de existencia en el momento de la solicitud)

15 puntos

n) En coherencia con los principios horizontales del PO FEDER Aragón 2014-2020, empresas que promocionen los principios de igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación y la accesibilidad para personas con discapacidad, implementando medidas concretas; así como los proyectos que integren/supongan mejoras medioambientales

15 puntos

o) Grado de elaboración, calidad y claridad de la solicitud

10 puntos

Solicitud y documentación

Las solicitudes pueden presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón y hasta el 31 de diciembre de 2022 incluido. 

Se presenta una única solicitud por entidad solicitante  a través de la plataforma https://www.aragon.es/tramites.

Documentos adjuntos a la solicitud:

a) Datos generales del solicitante

I.- Copia de Escrituras de constitución y estatutos de la entidad.

II.-Caso de representante, Documento acreditativo de poder de representación.

III.- Certificados Hacienda, Seguridad Social y DGA o consentimiento.

V.- Declaraciones responsables

VI.- Ficha de Terceros original debidamente cumplimentada y firmada, si no está ya disponible en Gobierno de Aragón

VII.- Modelo 200, declaración del Impuesto de Sociedades

b) Memoria del proyecto que incluya en apartados específicos:

        – Descripción comprensible del proyecto

– Estructura presupuestaria y financiación

– Calendario de ejecución

– Una relación numerada y clasificada por proyecto de los gastos con al menos una oferta de cada uno de ellos

c) Cuanta documentación se estime conveniente

Estado de la convocatoria

28/09/2022       Publicación de la orden de convocatoria TDI PAIP 2023 en el Boletín Oficial de Aragón

31/12/2022      Ultimo día (incluido) para presentar la solicitud

 

 

 

Aspectos a tener en cuenta
  • Las ayudas contempladas en la presente orden, tienen el carácter de ayudas “de mínimis” (salvo que la empresa renuncie a ello expresamente) por lo que la ayuda total de mínimis concedida a una empresa:
      • No será superior a 200.000 € durante un período de 3 ejercicios fiscales.
      • No será superior a 100.000 € para las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.
  •  Las solicitudes a las que se les aplique como régimen de ayudas el Reglamento General de Exención por Categorías- RGEC  están obligadas a tener un efecto incentivador.
  • Se debe mantener el empleo.

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